Más allá de la economía del bienestar.
El enfoque de las capacidades de Amartya Sen y Martha C. Nussbaum
Carmen Fraile Pascual
Departamento de Ciencias Sociales de la UOC
carmenfraile97@hotmail.com
1. Lógicas actuales de medición de la calidad de vida relativa que enfrenta la ‘contrateoría’ de las capacidades
Presentamos el enfoque de las capacidades como una suerte de “contrateoría” a los modelos empleados convencionalmente por la denominada “economía del bienestar”, es decir, como una alternativa para el análisis del desarrollo humano que minimiza la distorsión de la experiencia humana frente a las lógicas actuales de medición de las capacidades de vida relativas. El enfoque de las capacidades enfrenta aquellas ópticas -y herramientas conceptuales- que centran su corpus teórico única y exclusivamente en los ingresos, la riqueza y la opulencia absoluta o relativa (modelo imperante basado en el crecimiento del PIB), la utilidad personal (utilitarismo), las comparaciones de los medios de libertad (la teoría de los “bienes primarios” recogida por Rawls en su Teoría de la justicia (1971)) o los recursos (la “igualdad de recursos” de Dworkin) .
1.1. Modelo imperante basado en el crecimiento económico (PIB)
Diversas autoridades y personalidades -políticas y económicas- han manifestado a lo largo de los últimos años la necesidad de modificar y reformular los patrones y estructuras de las diversas categorías de medición (especialmente aquellas basadas en las cifras del PIB) como razón sine qua non para lograr materializar cambios en el ethos, conceptualizaciones, actitudes y comportamientos, tanto individuales como colectivos1. Thomas Piketty ya advirtió que “no conviene sobreestimar la capacidad de un único indicador para integrar las transformaciones multidimensionales de las condiciones de vida y del poder adquisitivo en períodos tan largos” (Piketty: 2013: 33). La problemática contemporánea del modelo imperante de crecimiento centrado en el PIB reside en su falta de sensibilidad para con sus propios límites y fallas. El culto a las medias (y, por ende, al individuo medio), a los datos y al mercado2 no es suficiente para dialogar con un mundo, una sociedad, y una economía insertados en un marco global sujeto a cambio y reformulación constante. No obstante, lo decisivo consiste en preguntarse y poner de relieve en qué medida, si solo buscamos incrementar el PIB de nuestras sociedades, podemos acabar perjudicando a los ciudadanos (al proceder sobre una ilusión de significado engañoso que nos conduce a establecer correlaciones distorsionadas de la realidad3).
Nussbaum nos presenta su crítica del enfoque convencional con relación a la historia biográfica de Vasanti4. A partir de ella alega y justifica que el crecimiento económico no es suficiente por sí solo para propiciar bienestar y desarrollo ciudadano y social y que, por consiguiente, se precisa de acción y decisión estatal directa5. Entrevemos aquí la urgencia y necesidad de encontrar “la manera de medir diferencias cualitativas” (Stiglitz, Sen y Sarkozy, 2013: 27) y de utilizar mediciones múltiples (“con un solo indicador no podemos reflejar algo tan complejo como nuestra sociedad” (Stiglitz, Sen y Sarkozy, 2013: 32)6. Se precisa, por tanto, de rigor, corrección y adecuación métrica en términos de representación precisa de la realidad con el fin de reflejar el sentir ciudadano; dado que “una mejor comprensión de los datos y de los indicadores estadísticos disponibles (sus virtudes y defectos) nos permite mejorar el análisis de los problemas con que se enfrentan nuestras sociedades” (Stiglitz, Sen y Sarkozy, 2013: 49).
1.2. Utilitarismo: consecuencialismo, bienestarismo y suma total de preferencias
El enfoque utilitarista -iniciado por Jeremy Bentham7- ha sido la corriente dominante desde principios del siglo pasado en la disciplina teórica de la economía del bienestar8. La noción de felicidad o satisfacción de las preferencias, en términos de la utilidad total o media, resulta ser el único eje rector de la evaluación de la calidad de vida en una nación y del bienestar humano, “así como la base de la evaluación social y la formulación de políticas públicas” (Sen, 2010: 302). No obstante, como los autores de las capacidades ponen de relieve, la óptica utilitarista tomada como indicador de la calidad de vida de una nación adolece de varios problemas. A partir del análisis elaborado por Nussbaum podemos apuntar que, a pesar del importante papel que concede al individuo, en la praxis funciona de manera similar al PIB. Por tanto, aunque no ignora completamente la particularidad y heterogeneidad de la experiencia vital, termina finalmente agregando vidas (el utilitarismo agrega los diversos componentes de cada vida en un solo concepto -“satisfacción”, “placer” o “felicidad”-) 9 (Nussbaum, 2006: 85) (Nussbaum, 2002: 101). Al mismo tiempo, es importante destacar la cuestión latente de la compensación en la utilidad media finalmente resultante y, por consiguiente, la distorsión de la situación real por falta distributiva. Para ello, resulta decisivo analizar el proceso de creación, valoración, evaluación, rechazo o aceptación y clasificación de preferencias (“preferencias reveladas” y “preferencias adaptativas”10) y el papel del proceso de elección.
Otra objeción al enfoque utilitarista, que no puede pasarse por alto, radica en la falta de reconocimiento adecuado de la agencia -efectiva y activa- (Nussbaum, 2006) al centrar su atención principalmente en el estado de satisfacción o condición de resultado de una actividad (que no constituye en sí misma una forma de actividad). Robert Nozick explicó esta situación mediante la alegoría de una “máquina de experiencias” . Por otro lado, el análisis del enfoque utilitarista no estaría completo sin presentar y desarrollar los tres axiomas que amalgaman el razonamiento que nos interpela en este momento: el consecuencialismo (consequentialism)11, el bienestarismo (welfarism)12 y la suma total de las preferencias (sum ranking)13. En suma, podemos afirmar que la métrica mental utilitarista no parece ser el enfoque más apropiado para abarcar el tema de la justicia global desde una perspectiva en la que las personas sean fines en sí mismos y no meros medios –“máquina de maximización”- para la consecución de diversos fines.
1.3. La teoría de la justicia de Rawls
La teoría —kantiana del contrato social14— de la justicia de Rawls es uno de los grandes hitos de la filosofía política occidental contemporánea. La idea de justicia en la teoría rawlsiana aparece en al menos tres contextos diferentes, tal y como expone Sen (Sen, 2010: 82). El primero de ellos, y el de mayor relevancia, es aquel entendido en sentido de equidad15. Esta idea se traduce en términos de “conjunto de principios de justicia que se refieren de manera exclusiva al establecimiento de “instituciones justas”, constitutivas de la estructura básica de la sociedad, mientras exigen que la conducta de las personas se ajuste por completo al adecuado funcionamiento de dichas instituciones” (Sen, 2010: 15). La segunda interpretación hace referencia al denominado “equilibrio reflexivo”, esto es, a “la necesidad de someter los valores y las prioridades” -respectivas evaluaciones personales- al escrutinio de la crítica” (Sen, 2010: 40). Y, por último, recoger el tercer concepto rawlsiano de justicia en sentido de “concepto entrecruzado” y en relación con los modelos y patrones de acuerdos -y desacuerdos- imperantes y estandartes de la estabilidad del orden social.
La teoría de la “justicia como equidad” de Rawls se considera “fundacional” y, por tanto, pretende ser en cierta manera previa al desarrollo de los principios de justicia. Esta noción puede interpretarse como una exigencia —u oda— a la neutralidad e imparcialidad del juicio, del prejuicio y, por ende, de los patrones desde los que se aprehende y se trata al otro. Para argumentar y justificar esta perspectiva toma como guía la idea de la “posición original”. En esta hipotética situación de ignorancia de clase, riqueza, raza y sexo16 se pide a los individuos racionales que seleccionen unos “principios de justicia” rectores para la futura sociedad. En su obra, “liberalismo político” (Rawls, 1993) , recoge los principales principios que surgirían de este acuerdo unánime en la posición original17.
Por otro lado, la teoría de la justicia permite a Rawls exponer su teoría de los bienes primarios. Este índice es entendido en sentido “de los medios para alcanzar una variedad de fines —los recursos idóneos para conseguir lo que las personas quieren, tan variados como sus deseos—” (Sen, 2010:89). De este modo, la carencia de bienes primarios sirve de herramienta para la medición de la pobreza18 —una de las máximas rawlsianas fundamentales—.
Sin embargo, la obra rawlsiana, a pesar de la solidez y del poder argumentativo por el que se caracteriza, presenta una serie de problemáticas difíciles de abarcar desde su concepción de justicia (a pesar de la reformulación que llevó a cabo el propio Rawls para intentar proporcionar respuesta —idea del seguro19—). Por consiguiente, el enfoque rawlsiano, con sus aciertos y sus omisiones, no puede obviarse, pues resulta fundamental a la hora de analizar la perspectiva de la capacidad de Sen y Nussbaum; tal perspectiva “apoya el liberalismo político rawlsiano y convergen en muchos aspectos con los dos principios de Rawls, a pesar de partir de orígenes distintos.” (Nussbaum, 2006: 170) (Nussbaum, 2006: 183).
1.4. La igualdad de recursos en Dworkin
La relevancia de la igualdad de recursos planteada por Dworkin radica en el papel que juega con respecto al problema de la justicia distributiva; dado que, Dworkin desarrolla su teoría como alternativa a la propuesta rawlsiana de la justicia como equidad20. La idea dworkiana sitúa la responsabilidad individual —y las elecciones individuales— en el centro de su propuesta igualitaria en respuesta a la insensibilidad rawlsiana hacia este aspecto. Expone su tesis mediante un imaginario, pero plausible, mercado hipotético de seguros contra las desventajas de la conversión21.
Por cuanto respecta a la relación de esta teoría con el enfoque de la capacidad —defendido por Sen y Nussbaum— decir que, Dworkin cuestiona y enfrenta enfáticamente la validez del “insatisfactorio enfoque de la capacidad al sostener que o esa igualdad de capacidad equivale a igualdad de bienestar, en cuyo caso constituye una versión errónea de equidad, o viene a ser la misma solución que su igualdad de recursos, en cuyo caso no hay diferencia efectiva entre nosotros (y ninguna ventaja en seguir el enfoque de la capacidad)” (Sen, 2010:295).
La respuesta de Sen a esta consideración se resume en cinco puntos. Primeramente, la perspectiva de la capacidad “no aboga por la igualdad de bienestar ni por la igualdad de capacidad para alcanzar el bienestar y que incluso si la igualdad de capacidad equivaliera a igualdad de la capacidad para el bienestar, no sería lo misma que la igualdad de bienestar” (Sen, 2010:295). Seguidamente, se pregunta “por qué —si la igualdad de recursos no fuera diferente de la igualdad de capacidad y libertad sustantiva— sería más interesante, desde el punto de vista normativo, pensar en términos de recursos y no de capacidad o libertad, si los recursos son tan sólo instrumentalmente (“en orden para otra cosa” como decía Aristóteles) importantes como medios para otros fines; ¿por qué emocionarse sólo con la realización instrumental, en lugar de emocionarse con aquello que realmente importa (todos tienen la misma libertad sustantiva o capacidad)?”(Sen, 2010:296). Por otro lado, Sen identifica otra falla en el hecho de que Dworkin no entienda de manera problemática la lógica de “equilibrio competitivo” de mercado22.
No obstante, diversos análisis han revelado que el cuerpo teórico dworkiano con relación a la distribución contiene fallas importantes que le impiden superar su propósito inicial, puesto que la igualdad de recursos de Dworkin no logra materializar “su desiderátum fundacional de lograr distribuciones que sean insensibles a las circunstancias y sensibles a las elecciones individuales” (Queralt y Zentrum, 2014: 35). Asimismo, adolece de ciertas dificultades en el momento de poner en práctica su experimento mental.
2. El enfoque de las capacidades
En el presente punto nos adentramos en el enfoque de las capacidades (Capability Approach) desde la perspectiva económica de Amartya Sen y la filosófica de Martha C. Nussbaum. La perspectiva de la capacidad propuesta por ambos autores se singulariza en el ámbito teórico contemporáneo por incorporar “la filosofía moral en la economía del desarrollo” (Nussbaum, 2012: 99) en su intento de aprehender aquellas problemáticas y desigualdades sociales que afectan al bienestar humano. En lo que sigue, intentaremos abarcar esta ambiciosa propuesta teórica mediante su desglose en tres apartados diferenciados: conceptos fundamentales (2.1.), una panorámica general sobre enfoque de las capacidades de Amartya Sen y Martha C. Nussbaum (2.2. y 2.3) y, por último, una comparativa entre el enfoque de las capacidades de ambas propuestas (2.4.).
2.1. Conceptos fundamentales
Antes de profundizar en los modelos respectivos y en los puntos de convergencia y divergencia existentes entre ellos, consideramos oportuno presentar un sucinto glosario que recopila las principales nociones para tener en cuenta a la hora de comprender e interpretar, desde una óptica crítico-reflexiva, el enfoque aquí analizado23.
Bienestar. Resulta preciso tomar en consideración aquí la distinción que lleva a cabo Amartya Sen en su obra entre bienestar* (well-being o “bienestar en general”) y bienestar (welfare o “estado del bienestar”, en sentido político y económico). Véase también concepto de libertad, dignidad y vida.
Capacidad (capability)24. Funcionamientos (functionings). Realización. Entendemos por capacidad de una persona aquellas combinaciones alternativas de funcionamientos (estados y acciones) que puede lograr tras una acción electiva25 en su situación política, social y económica concreta. En este sentido, la capacidad de una persona corresponde a su libertad sustancial26, a la oportunidad de libertad u oportunidad real que tiene para llevar un determinado tipo o estilo de vida27. La calidad de vida se entiende, pues, en términos de habilidad real —capacidad real en sentido de reflejo de la oportunidad de libertad— de una persona para lograr funcionamientos valiosos como parte de la vida28. La noción de funcionamientos es el concepto más basal sobre el que se constituye el enfoque de la capacidad. Estos funcionamientos representan partes del estado de una persona, las cosas que logra hacer o ser al vivir (combinación de varios quehaceres y seres o “realización activa de una o más capacidades” (Nussbaum, 2012: 44)). Varían desde aspectos tan elementales como el estar bien nutrido y libre de enfermedades, hasta quehaceres y seres más complejos, como el respeto propio, la preservación de la dignidad humana, la felicidad o integrarse socialmente (Sen, 1995: 17-18, 56) . Por tanto, podemos sintetizar la noción de capacidad en el espacio de los funcionamientos parafraseando a Amartya Sen, en particular a partir de su reflexión acerca de por qué debemos tratar de ampliar nuestra atención de los funcionamientos a la capacidad de funcionar:
“en el espacio de estos últimos años, cualquier punto que representa n-tuples de funcionamientos (o n-múltiplos de funcionamiento —valoración de vectores de funcionamiento—) refleja una combinación de los quehaceres y seres de una persona, relevantes para su ejercicio. La capacidad es un ejercicio de esos n-tuples de funcionamientos, que representan las combinaciones alternativas de quehaceres y seres, cualquiera de las cuales puede ser elegida por la persona. Si un logro de funcionamiento (en la forma de n-tuples de funcionamientos) es un punto de ese espacio, la capacidad es un conjunto de esos puntos (que representan los n-tuples alternativos entre los cuales se puede elegir un determinado n-tuple). El conjunto de capacidad contiene información sobre el funcionamiento real del n-tuple elegido, ya que obviamente está entre los n-tuples viables. La evaluación de un conjunto de capacidad (los conjuntos de capacidades de tales vectores o múltiplos-n) puede estar basada en la valoración del n-tuple particular elegido de ese conjunto. Así, la evaluación según la combinación de funcionamientos lograda es un “caso especial” de evaluación basada en el conjunto de capacidad como un todo” (Sen, 1998: 64).
Finalmente, cabe referirse al concepto de realización de los objetivos alcanzados; dado que “el conjunto de capacidades de una persona se puede definir como el conjunto de vectores de realización a su alcance” (Sen, 1997: 77)29. Sen también apuesta “a favor de concebir el bienestar en términos de vectores de realización y de la capacidad para conseguirlos (“libertad de bienestar”)” (Sen, 1997: 84). Debe resaltarse también que la realización (Sen, 1995: 53) (entendida como el vector de sus funcionamientos) determinará en parte nuestra posición en el entramado de la organización social.
Circunstancias. Mientras que ciertas condiciones de vida son facilitadoras, otras no lo son. De ahí que desde el enfoque de la capacidad se busque proveer la base social necesaria para el desarrollo de cada individualidad.
Dignidad. En contraste con la concepción de la persona en Rawls, el enfoque de las capacidades entiende la dignidad en sentido aristotélico y no kantiano, como expresión de respeto individual en una red relacional. El enfoque de la capacidad persigue la consecución de la dignidad para todos y cada uno de los individuos30. Véase también concepto de libertad y de capacidad.
Igualdad, desigualdad y pobreza. Supone una crítica a la visión unifocal de la igualdad por parte de otros autores. Ambos comparten la máxima pikettiana de “no defender los igualitarismos, sino que las desigualdades existentes sean útiles para todos” (Piketty, 2013:11). Su noción de pobreza presupone “la condición experimentada por una persona que experimenta algún tipo de privación que le impide el desarrollo pleno de sus capacidades y, en última instancia, de su libertad” (Ferullo, 2006: XX). Véase también conceptos de libertad y capacidad.
Justicia. Véase la reformulación de la teoría de la justicia en Sen en el apartado 2.2. a partir de los conceptos de la antigua filosofía jurídica de la india: niti y nyaya. Véase también capacidad y derechos.
Libertad. Véanse los conceptos de “libertad sustantiva (oportunidades reales) “oportunidades de libertad” (Sen) y “capacidades combinadas (Nussbaum) en apartados 2.2. y 2.3.
Oportunidad. Comprendida como “oportunidad de seleccionar”. Véase concepto de libertad presentado anteriormente.
Potencialidad humana. Estado sin desarrollar de la persona.
Ser humano. Presentado (y defendido) “como un ser libre dignificado que plasma su propia vida (con capacidad, con oportunidad real de libertad –“libertad sustantiva” (Sen, 1980) en cooperación y reciprocidad con otros, y no siendo modelado en forma pasiva o manejado por todo el mundo a la manera de un animal de rebaño” (Nussbaum, 2002:113) Como se explicará más adelante, cada ser humano es entendido como un fin en sí mismo.
Vida. Una vida realmente humana sería aquella existencia capaz de desarrollar las potencialidades de acción y expresión humana basadas en la dignidad y respeto a la persona.
2.2. El enfoque de las capacidades de Amartya Sen
El trabajo del economista Amartya Sen desde la perspectiva de las capacidades nació de sus análisis sobre las hambrunas, investigaciones que le valieron un premio Nobel en 1998. En ellos, como recoge Nussbaum (2012:172), puso de relieve que éstas son causadas no solo por escasez de alimentos, sino que responden también a la ausencia de oportunidades para obtener aquello que necesitan quienes las padecen (por culpa, por ejemplo, del desempleo). A diferencia de los modelos convencionales, el enfoque de la capacidad se concentra en la totalidad del conjunto que supone la vida humana, y no solo en algún aspecto (entendido en sentido de medios para la vida) aislado y separado a conveniencia. Siguiendo a Sen (1997), podemos apuntar que, según está concepción,
“las reivindicaciones individuales se han de evaluar no por los recursos o bienes primarios que las personas poseen, sino por las libertades reales de las personas para elegir entre los diferentes modos de vivir, en función de aquello que tienen razones para valorar. Ésta es su libertad real, la cual se representa por la “capacidad” que tiene la persona para conseguir varias combinaciones alternativas de realizaciones, o de hacer y estares” (Sen, 1997:113)
En concreto, la pregunta sobre la “¿Igualdad de qué?” (1980) constituye el punto neurálgico del enfoque de Sen. Pero el concepto o idea de igualdad debe hacer frente a dos tipos de diversidad que legitiman la pertenencia y necesidad de esta cuestión a nivel práctico, a saber, tiene que tomar en consideración la heterogeneidad básica y la diversidad real de los seres humanos, así como la multiplicidad de variables desde las que se puede juzgar la igualdad (Sen, 1995). En palabras del autor, la diversidad y la singularidad del ser humano representan una realidad ineludible y de primer orden, es decir, “no es una complicación secundaria que se pueda pasar por alto, o que hay que introducir más tarde, sino un aspecto fundamental de nuestro estudio de la igualdad (noción que no puede reducirse a un solo espacio, llámese ventaja económica, recursos, utilidades, felicidad, calidad de vida o capacidad)” (Sen, 1995: 14). Por este motivo, la identificación, la delimitación y la elección de los objetos-valor y del espacio evaluativo constituyen el eje primordial del debate y la reflexión en torno a la igualdad (más concretamente en términos de igualdad de qué e igualdad fundamental) y desigualdad socioeconómica (en sentido interpersonal e intergrupal y distributivo). Sen ejemplifica la falta de congruencia derivada de la particularidad de la escala de igualdad en función de la variable o variables tipo. Esta línea discursiva nos invita a presentar el enfoque en relación con el problema de la convertibilidad, esto es, con la problemática de convertir ingresos y recursos en buena vida para aquellos grupos con más dificultades y mayores desventajas31 por razón de discapacidad e incapacidad (“desventaja de la conversión”); y ello porque las comparaciones de recursos y bienes elementales no pueden servir de base para comparar distintos grados de libertad al ser indicadores imperfectos de la oportunidad real de la que la gente realmente disfruta para ser y/o hacer. De este modo, tal y como apunta Sen, “la pobreza real (desde el punto de vista de la privación de la capacidad) puede fácilmente ser mucho más intensa que lo que podemos deducir de los datos” (Sen, 2012:286) 32.
Tras considerar nociones multidimensionales como la igualdad y libertad, consideramos pertinente y necesario reflejar someramente la idea de justicia defendida por Sen. Como argumenta Sen, es interesante delinear aquí la perspectiva de la capacidad tomando como punto de partida los conceptos de justicia en la antigua filosofía india (niti y nyaya). De este modo, la reflexión sobre el concepto o idea de la justicia no aparece reducido a la mera deseabilidad utópica de perfección y pureza; es decir, no queda limitado al concepto niti, entendido como la “idoneidad de la sociedad, de las instituciones, así como la corrección del comportamiento” (Sen, 2010:19). En consecuencia, resulta necesario apelar a la realidad “real” de cada una de las personas, así como a los tiempos, espacios y procesos que “realizan” nuestra existencia (“realizaciones sociales”), convirtiéndola en una vida que merezca la pena ser vivida. El concepto de nyaya, que alude a lo que surge y al cómo surge y, en especial, a las vidas que las personas son capaces de vivir (evaluación social posterior), entra en escena y confluye de modo sinérgico y dialéctico con el de niti, para poder dotar de vida y medio a una idea de justicia con posibilidad de aplicabilidad en la praxis (Sen, 2010:19)33. A fin y al cabo, como afirma Sen, una parte ineludible de la búsqueda de la justicia consiste en “preguntar cómo van las cosas y si se pueden mejorar” (Sen, 2010:116).
No podemos dejar de mencionar tampoco las distinciones con respecto al interés evaluativo del enfoque en el momento de juzgar las ventajas humanas. Estas diferencias son las existentes entre a) el bienestar* (well-being o “bienestar general”34) y la agencia y b) entre el logro y la libertad (la libertad de lograr). En relación con la primera de ellas, por “bienestar” de una persona se entiende la prosperidad de la misma o lo bien que le va la vida (“cómo puede funcionar una persona”). La noción de “agencia” es empleada para referirse al poder o la capacidad de elegir y de perseguir las propias metas35. El segundo contraste (entre logro y la libertad de lograr) puede aplicarse tanto a la perspectiva de bienestar como a la de agencia descritas anteriormente. Al combinarse las dos distinciones, obtenemos cuatro conceptos distintos de ventaja (“logro del bienestar” y “logro de agencia”, por un lado, y “libertad de bienestar” y “libertad de agencia”, por otro) referente a una persona (comparación intrapersonal e interpersonal). No obstante, estas nociones, aun cuando estén sumamente interrelacionadas en sus propósitos valor, cada una de ellas requiere de un ejercicio evaluativo propio y particular. En términos de logro, mientras el concepto de “logro del bienestar” de una persona “puede considerarse como una evaluación del ‘bienestar’ del estado de ser de la persona” (Sen, 1998: 63); la noción de “logro de agencia” hace referencia a la “valoración del éxito de la persona con relación a la búsqueda de todos los objetivos que tiene razón de promover” (Sen, 1998: 62-63). El concepto de libertad (en cuanto libertad de lograr) comprende, por un lado, la “libertad de bienestar”, es decir, aquella que “se centra en la capacidad de una persona para tener varios vectores de funcionamientos y para disfrutar de los resultados correspondientes en materia de bienestar” (Nussbaum, 2012: 203) o, en otras palabras, la libertad para optar por funcionar o por no funcionar. Por otro lado, incluye también la “libertad de agencia” entendida en sentido de “lo que esa persona es libre de hacer y alcanzar en pos de cualquiera de los objetivos o valores que considere importantes” (Nussbaum, 2012:231).
En suma, al encontrarse estrechamente vinculado al enfoque de los derechos humanos y sociales, la perspectiva de las capacidades “nos aleja del ámbito de los bienes, los ingresos, las utilidades, etc., para ahondar hasta el ámbito de los elementos constitutivos de la vida” (Sen, 1995: XX). Asimismo, la concepción de la capacidad en el sentido de la libertad (oportunidad real u oportunidad de libertad de elección —libertad sustantiva—) se orienta a los funcionamientos valorativos (qué deseamos, qué valoramos y en última instancia qué decidimos escoger o a la libertad de la que dispone una persona para alcanzar el bienestar (en la medida en que los funcionamientos son constitutivos del propio bienestar). La base informativa de los funcionamientos (y la capacidad) sigue siendo un pilar más preciso para la evaluación de la calidad de vida y el progreso económico que las diversas teorías postuladas con anterioridad. La perspectiva de las capacidades permite el desarrollo de enfoques más amplios sobre la desigualdad económica en relación con los procedimientos analíticos normalmente utilizados en la teoría económica para evaluar la desigualdad y la pobreza. Sin embargo, el camino que podamos llegar a recorrer dependerá también de los datos que podamos o no obtener.
2.3. El enfoque de las capacidades de Martha C. Nussbaum
La propuesta de las capacidades de Nussbaum “se desarrolló de manera completamente independiente a la obra de Sen, a través del pensamiento sobre las ideas de Aristóteles acerca del funcionamiento humano y del uso que de ellas hace K. Marx” (Nussbaum, 2002: 111)36. En términos generales, Nussbaum elabora una aproximación “a la evaluación de la calidad de vida y a la teorización sobre la justicia social básica” (Nussbaum, 2012: 38) a partir de un examen de las vidas reales en sus marcos materiales y sociales. De este modo, el enfoque de la capacidad se pregunta por aquello que cada persona es capaz (qué capacitación real tiene) de hacer y ser en su vida37. En palabras de la autora, tomando como base la historia de vida narrada de Vasanti,
“la pregunta central que plantea el enfoque de las capacidades no es ¿cómo de satisfecha está Vasanti?, ni siquiera ¿qué cantidad de recursos es capaz de producir ella? La pregunta es, en cambio, ¿qué es Vasanti capaz de hacer y de ser? (…) es decir, la cuestión no solamente preguntamos acerca de la satisfacción o de los recursos disponibles, sino acerca de cómo esos recursos entran o no entran en acción, posibilitando que Vasanti funcione de un modo plenamente humano” (Nussbaum, 2002:112).
La visión de las capacidades —como se expuso en el apartado destinado a presentar una visión general del enfoque de Sen— se encuentra también aquí fuertemente interrelacionada con la noción de los derechos humanos y sociales. Tal y como sostiene Nussbaum (2002),
“las capacidades cubren el terreno que ocupan tanto los llamados ‘derechos de primera generación’ (las libertades políticas y civiles) como los llamados ‘derechos de segunda generación’ (los derechos económicos y sociales). Y ellas desempeñan un papel similar, aportando el basamento filosófico para los principios constitucionales básicos” (Nussbaum, 2002: 143).
En el enfoque de las capacidades de Nussbaum la cuestión de la justicia tiene así primacía sobre las interpretaciones meramente económicas. La autora apoya la necesidad de reflexionar acerca de lo que debe buscar la política para todos y cada uno de los ciudadanos (y qué merecen todos los ciudadanos en virtud de su condición humana —dignidad—) antes de que podamos pensar correctamente acerca del cambio económico (qué es lo que se supone que la economía está haciendo y qué es lo que se supone que debería hacer). De este modo, se subraya que cualquier tipo de sociedad que se oriente y trabaje en aras a la consecución del bienestar de sus miembros, en términos de hacer humano el bienestar, no puede ni debe obviar el significativo papel desempeñado por los derechos y libertades políticas. Por tanto, Nussbaum defiende que el telos político debe derivarse del enfoque basado en la capacidad por la gran importancia que esta perspectiva otorga a la “razón práctica como un bien que abarca todas las otras funciones haciéndolas humanas más que animales” (Nussbaum, 2002: 132)38.
Llegados a este punto, conviene profundizar en la cuestión de qué son las capacidades para Nussbaum. A diferencia de Sen estructura la noción de capacidades según un modelo tripartito: capacidades básicas, internas y combinadas. Por capacidades básicas entiende todo “equipamiento innato de los individuos —no meritocrático—, base necesaria para desarrollar las capacidades más avanzadas y terreno de responsabilidad moral” (Nussbaum, 2002: 128) y por capacidades internas aquellos estados desarrollados de la persona que son condiciones maduras de preparación para una función. La preparación puede requerir desde tiempo y/o madurez corporal hasta un importante apoyo del entorno social, económico, político y familiar (Nussbaum, 2002: 128) (Nussbaum, 2012: 41). No obstante, una capacidad altamente entrenada (una potencialidad desarrollada en importante interacción con el medio material y social) puede resultar impedida en su funcionamiento39. Por otra parte, para Nussbaum las capacidades combinadas son lo que la “libertad sustantiva” es para Sen40. Se definen como capacidades internas combinadas con adecuadas condiciones sociales/políticas/económicas externas en las que puede elegirse realmente el funcionamiento de aquellas41. Por tanto, este último tipo de capacidad pone de relieve la necesidad de trabajar de manera paralela en la promoción correcta tanto de potencialidades internas como del entorno, el ambiente y las circunstancias socio-materiales “para el ejercicio de la razón práctica y de las demás funciones mayores” (Nussbaum, 2002: 130). Al mismo tiempo, Nussbaum enumera una serie de elementos centrales para la consecución de un funcionamiento verdaderamente humano (con altas probabilidades de lograr un amplio consenso transcultural), puesto que la idea-pilar que da vida al enfoque se basa en la premisa de que existen ciertas funciones o capacidades que son particularmente centrales en la vida humana42.
Las capacidades centrales tienen valor en sí mismas (no son meros medios de orden instrumentales para propósitos ulteriores) y proporcionan los fundamentos (nos dan la base para determinar un mínimo social respetable en una serie de esferas)43 que pueden encarnarse en garantías constitucionales a partir del trabajo del sistema de derecho constitucional de cada nación “o de sus principios legales fundamentales si carece de constitución escrita” (Nussbaum, 2012: 60) 44. Estas capacidades “deberían estudiarse, en última instancia, no aisladas las unas de las otras, sino dentro de su entramado de relaciones y conexiones con las demás” (Nussbaum, 2002: 115).
Capacidades centrales para el funcionamiento humano
Vida. Ser capaz de vivir hasta el final una vida de extensión normal. Es decir, no morir de forma prematura o antes de que la propia vida se vea tan reducida a una vida que no merezca la pena vivirla
Salud corporal. Reflejada, entre otros aspectos, en tener una buena salud (incluida la salud reproductiva), una adecuada pauta alimentaria y un lugar apropiado para vivir.
Integridad corporal. Referida (principal pero no únicamente) a la capacidad de movimiento libre; a que los límites del propio cuerpo sean tratados como soberanos, es decir, capaces de seguridad ante asalto, incluido el asalto sexual, el abuso sexual de menores y la violencia doméstica; tener oportunidades para la satisfacción sexual y para la elección en materia de reproducción.
Sentidos, imaginación y pensamientos. Sintetizado en poder utilizar los sentidos, la imaginación, el pensamiento y el razonamiento, y hacerlo de un modo “verdaderamente humano”, un modo formado y cultivado por una educación adecuada que incluya, aunque ni mucho menos esté limitada, a la alfabetización y la formación matemática y científica básica. Poder usar la imaginación y el pensamiento para la experimentación y la producción de obras y actos religiosos, literarios, musicales o de índole parecida, según la propia elección. Poder usar la propia mente en condiciones protegidas por las garantías de la libertad de expresión política y artística, y por la libertad de práctica religiosa. Poder disfrutar de experiencias placenteras y evitar el dolor no beneficioso.
Emociones. Referidas a poder sentir apego por las cosas y personas externas a nosotras y nosotros mismos; poder amar a quienes nos aman y se preocupan por nosotros, y sentir duelo en su ausencia; en general, poder amar, apenarse, sentir añoranza, gratitud e indignación justificada. Que no se malogre nuestro desarrollo emocional por culpa del miedo y la ansiedad.
Razón práctica. En sentido de poder formarse una concepción del bien y reflexionar críticamente acerca de la planificación de la propia vida. (Esto implica protección de la libertad de conciencia).
Afiliación. En términos de: a) poder vivir con y para los demás, reconocer y mostrar interés por otros seres humanos, participar en formas diversas de interacción social; ser capaces de imaginar la situación de otro u otra (proteger esta capacidad implica proteger instituciones que constituyen y nutren tales formas de afiliación, así como proteger la libertad de reunión y expresión política) y b) disponer de las bases sociales necesarias para que no sintamos humillación y sí respeto por nosotros mismos; que se nos trate como seres dignos de igual valía que los demás. Esto supone introducir disposiciones que combatan la discriminación por razones de raza, sexo, orientación sexual, etnia, casta, religión u origen nacional.
Otras especies. Entendida esta categoría como poder una relación próxima y respetuosa con los animales, las plantas y el mundo natural.
Juego. Poder reír, jugar y disfrutar de actividades recreativas.
Control sobre el propio entorno. En doble vertiente: a) política, es decir, poder participar de forma efectiva en las decisiones políticas que gobiernan nuestra vida; tener derecho a la participación política y a la protección de la libertad de expresión y de asociación y b) material, esto es, poder poseer propiedades (tanto muebles como inmuebles) y ostentar derechos de propiedad en igualdad de condiciones con las demás personas; tener derecho a buscar trabajo en un plano de igualdad con los demás; estar protegidos legalmente frente a registros y detenciones que no cuentan con la debida autorización judicial. En el entorno laboral, ser capaces de trabajar como seres humanos, ejerciendo la razón práctica y manteniendo relaciones valiosas y positivas de reconocimiento mutuo con otros trabajadores45.
Fuente íntegra: (Nussbaum, 2012: 53) (Nussbaum, 2002:120) (Nussbaum, 2006:88-89).
Tras la exposición sobre la esencia de la capacidad en el enfoque de Nussbaum, puede afirmarse que tal perspectiva está íntimamente relacionada con el enfoque de la igualdad humana46. Defiende la necesidad de promover desde la sociedad un mayor grado de igualdad material (exigencias morales y obligaciones sociales y políticas correlativas al propósito inicial con base en el liberalismo político) para todos los ciudadanos a fin de lograr que todos los seres humanos estén por encima de un umbral mínimo de capacidad. Así se establecería una vida acorde con la dignidad humana en términos de funcionamientos y capacidades47, anclándose la base social de los mismos en la esfera de poder político público. Lo que este “enfoque persigue es una sociedad en la que cada una de las personas sea tratada como digna de atención, y en la cual cada una haya sido puesta en condiciones de vivir realmente de forma humana” (Nussbaum, 2002:130) 48. En definitiva, la perspectiva de las capacidades constituye un enfoque sumamente comprometido con el respeto a las facultades de autodefinición, autocreación y autorrealización de la persona a partir de su propia capacidad de elección. Asimismo, incidiendo en los factores y las variables que hacen que una sociedad sea mínimamente justa, trabaja orientada a las problemáticas referidas a la injusticia y a las desigualdades sociales arraigadas, consecuencia de las fallas u omisiones de capacidades derivadas de la falta de base social o material para el bien.
2.4. Comparativa entre el enfoque de las capacidades de Amartya Sen y Martha C. Nussbaum
El estudio comparativo entre el enfoque de las capacidades de Amartya Sen y de Martha C. Nussbaum evidencia en primera instancia las siguientes convergencias: una propuesta compartida de la capacidad (1), de la idea de la igualdad (2), un tratamiento común de la persona como fin en sí mismo (3) y la relevancia otorgada a las libertades políticas (4). Ambos autores nos presentan una propuesta compartida de la capacidad en cuanto alternativa teórica a los modelos tradicionales, así como un marco creador del espacio dentro del cual pueden hacerse las comparaciones en el campo de la calidad de vida (o los estándares de vida) (Nussbaum, 2012)49: una concepción compartida de la idea de la igualdad en su cuestionamiento de la visión convencional de la igualdad por su unilateralidad 50; un tratamiento común de la persona entendida como un fin en sí mismo51, aun cuando Sen no llega a emplear una noción como la de “principio de la capacidad de cada persona” se puede vislumbrar una línea argumental muy similar al cuerpo que da vida a dicho concepto desde la perspectiva de Nussbaum52; y, finalmente, comparten el papel central concedido a las libertades políticas, pues, como sostiene Nussbaum, “no puede salirse al encuentro de las necesidades económicas negando la libertad” (Nussbaum, 2002: 40).
En el polo opuesto encontramos los puntos de divergencia, sintetizados fundamentalmente en el modo disímil de lidiar con la cuestión de la pobreza del relativismo53 y con la necesidad de postular normas universales en el campo de la política de desarrollo (1), en las fuentes teóricas de las que se nutre cada autor (2), en la pretensión de redactar una lista de capacidades centrales —sujeta a crítica y debate abierto de manera permanente— y de describir su uso en la formulación de principios políticos, la cual corresponde única y exclusivamente al pensamiento filosófico de Nussbaum (3), en los diversos conceptos que conforman el marco conceptual teórico-explicativo (4), en la divergencia en materia religiosa (5), en la relación entre derechos y capacidades (6) y, finalmente, en los rasgos estilísticos (7).
Ambos coinciden en destacar que las culturas son escenas para el debate y contestación. Sin embargo, Sen “nunca argumentó explícitamente en contra del relativismo, más allá de los argumentos históricos acerca de las cultural no occidentales que muestran la inadecuación descriptiva de muchos enfoques anti-universales” (Nussbaum, 2002: 41). Nussbaum defiende la necesidad de un feminismo universal capaz de superar los límites del relativismo cultural (Turell Guilleumas ,2014:356) y, por ende, la necesidad de “hacer recomendaciones normativas que trasciendan las fronteras culturales, nacionales, de religión, de raza y de clase” (Nussbaum, 2002: 68). Por otra parte, mientras que el pensamiento de Nussbaum se desarrolló “a través del pensamiento sobre las ideas de Aristóteles acerca del funcionamiento humano y del uso que de ellas hace K. Marx” (Nussbaum, 2002:111); el trabajo de Sen fue desarrollado mediante una recepción de la filosofía oriental —principalmente india—. No obstante, aunque el autor sí hace referencias ocasionales, tanto a Marx como a Aristóteles, toda influencia recibida —si es el caso— se produce de modo indirecto y no consciente. Por lo que respecta a las capacidades centrales, Nussbaum señala que “Sen da muchos ejemplos, y los Informes sobre el desarrollo humano organizan cosas en una forma que corresponde, por lo menos, a algunos de los puntos de su lista” (Nussbaum, 2002:42). Sin embargo, estos no resultan suficientes para correlacionar ópticas. El concepto de umbral o mínimo usado por Nussbaum tampoco es empleado por Sen; la clasificación en tres tipos de capacidades (básicas, internas y combinadas) es propia de Nussbaum, y Sen no la apoya. Las distinciones empleadas por Sen entre: 1) bienestar y agencia y 2) logro y libertad no son recogidas por Nussbaum (el uso de las capacidades en Nussbaum es político más que comprehensivo). Además, la propuesta, por parte de Nussbaum, de inclusión de los animales en general (tanto los humanos como los que no los son) en la teoría de la justicia y los derechos no aparece en Sen. A ello hay que agregar que el tipo de liberalismo que secunda Nussbaum diferencia claramente entre liberalismo político y liberalismo general y se orienta hacia la esfera política pública, mientras que Sen se mueve en terreno un tanto neutro. Por último, y en referencia al rasgo estilístico, “el método narrativo utilizado por Nussbaum con su énfasis implícito en la importancia política de la imaginación y de las emociones, no es aplicable a Sen” (Nussbaum, 2002:44).
3.Abriendo debate
La perspectiva de la capacidad busca promover un debate abierto y reflexivo que favorezca la presentación de alternativas a los modos de ver, analizar y evaluar los problemas del bienestar y la calidad de vida a partir de un modo de pensamiento relacional que tiene por ambición reconciliar las intenciones teóricas y las intenciones prácticas, la vocación científica y la vocación ética o política (Bourdieu, 1991).
Es precisamente en su ampliación de las ópticas, los horizontes y entendimientos que puede ser puesta en diálogo con otros enfoques o autores. Concretamente, cuando Bourdieu afirma que uno de los factores de estabilidad y permanencia de la desigualdad es la trasmisión de capital54 cultural (en lógica de reproducción social55 a través de diversas estrategias de capitalización), también está hablando en parte de capacidades que se transfieren (o no); dado que las preferencias efectivas se determinan en la relación entre el espacio y las posibilidades o imposibilidades ofertadas, y el sistema de las disposiciones, determinando todo cambio en el espacio de posibilidades un cambio de las preferencias subordinadas a la lógica del habitus (Bourdieu, 1991: 88) El habitus sólo es difícil de concebir si permanecemos encerrados en las disyuntivas tradicionales, que aspira a superar, del determinismo y la libertad, del condicionamiento y la creatividad, de la consciencia y el inconsciente o del individuo y la sociedad (Bourdieu, 1991:96). El enfoque de Sen y Nussbaum, por su parte, problematiza el marco de su teoría, particularmente su crítica al basamento actual de la economía, esto es, a la disociación de lo económico y lo social en una realidad donde “lo social es lo económico” (“no hay nada que no se pueda medir en esta economía”) 56; la “poca verdad” de la cultura meritocrática del “self-made man” o los pilares éticos e ideológicos sobre los que se construye la denominada “tiranía del mérito” (Sandel, 2020). Siguiendo esta línea, el enfoque de las capacidades podría relacionarse con el argumento meritocrático (Sandel, 2020) “al no ser tanto una tesis sociológica sobre la eficacia del esfuerzo como, sobre todo, una tesis moral sobre la agencia y la libertad humana” (Sandel, 2020:162)”57.
Remitiéndonos a Isabelle Stengers (2017)
“tenemos la desesperante necesidad de otras historias, no de cuentos de hadas donde todo es posible para los corazones puros, para las almas valientes o para las buenas voluntades reunidas, sino de historias que narren cómo se pueden transformar algunas situaciones cuando quienes las padecen logran pensarlas juntos (…) Y necesitamos que esas historias afirmen su pluralidad, porque no se trata de construir un modelo sino una experiencia práctica. Porque no se trata de convertirnos sino de repoblar el desierto devastado de nuestras imaginaciones” (Stengers, 2017:130).
En la charla-debate, “¿Qué podemos esperar de la utopía?” (2021) Alberto Santamaría , parafraseando a Raymond Williams, nos recuerda asimismo que “no en la imaginación y en los sentimientos en su sentido más débil, el imaginar el futuro que es una pérdida de tiempo, al contrario, tenemos que aprender y enseñarnos unos a otros las relaciones entre una formación cultural y educativa y lo que tal vez resulte más arduo, la formación del sentimiento y la capacidad de relación que constituyen nuestros recursos más inmediatos en cualquier lucha.”
4. Síntesis final
La perspectiva de la capacidad propuesta por Sen (desde el área económica) y Nussbaum (desde del ámbito filosófico) destaca en el marco teórico contemporáneo al incorporar “la filosofía moral en la economía del desarrollo” (Nussbaum, 2012: 99) a la hora de aprehender aquellas problemáticas y desigualdades sociales que afectan al bienestar humano. En el enfoque presentado por Sen y Nussbaum, las capacidades son usadas en sentido de marco normativo, crítico y plural para evaluar las problemáticas sociales referidas al bienestar individual, grupal o social desde una nueva mirada de las ciencias sociales y humanas (“hacia la forma en la que las personas viven su vida o con la vida que la gente es capaz de vivir” (Sen, 2010:15)). De este modo, esta óptica puede ser usada como una herramienta metodológica “para diseñar y evaluar políticas públicas de organizaciones gubernamentales o no-gubernamentales” (Urquijo Angarita, 2014: 66), al hablar también de los asuntos prácticos de la vida pública y al sentar las bases para una fundamentación ética de ayuda al desarrollo. En suma, no debemos obviar que, el nivel de capacitación de toda persona es una cuestión también social y que “la finalidad del desarrollo global consiste en hacer posible que las personas vivan sus vidas plenas y creativas, desarrollen su potencial y formen una existencia significativa acorde con la igualdad de dignidad de todos los individuos” (Nussbaum, 2002: 217).
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Notas al final
1. “En una sociedad cada vez más orientada al rendimiento, las métricas son importantes (…), la lente a través de la que vemos el mundo no solo está condicionada por nuestra ideología e ideas, sino por las estadísticas que utilizamos para medir lo que sucede, y todas ellas suelen estar ligadas entre sí”. (Stiglitz, Sen y Sarkozy, 2013: 21 y 23) . Asimismo, apuntar que para Stiglitz, Sen y Sarkozy (2013) hablar de medias es una manera de evitar hablar de desigualdades.
2. El mercado proporciona información valiosa, pero debemos fijarnos únicamente en los datos proporcionados por el mismo, al no ser éste el origen de toda verdad —absoluta e inapelable—. (Stiglitz, Sen y Sarkozy, 2013: 19)
3. La distorsión derivada de la falta de sincronización puede tener como consecuencia la erosión de la confianza en los gobiernos —y del régimen democrático—, y, en consecuencia, la merma de su capacidad de acción. Stiglitz, Sen y Sarkozy (2013: 44-45) ofrecen una explicación sobre los diversos motivos a los que puede responder la brecha entre la medición estadística de los fenómenos socioeconómicos y la percepción ciudadanas de los mismos. Esto es: (1) los conceptos estadísticos son correctos, pero que el proceso de medición es incorrecto; (2) los conceptos son adecuados, pero se hace un uso inadecuado de los mismos que nos lleva a una malinterpretación; (3) pueden estar derivados de cambios significativos en el nivel de desigualdad, (4) las estadísticas que se emplean habitualmente no reflejar todos los fenómenos que tienen algún impacto creciente sobre el bienestar de los ciudadanos y (5) error de uso y distorsión.
4. “¿Qué significa esa cifra, por maravillosa que sea, para alguien como Vasanti? Lo cierto es que ni ese número tiene una incidencia apreciable en su vida ni —menos aún— soluciona sus problemas (…); que a Vasanti le digan que el PIB per cápita se ha incrementado de forma considerable es como si le dijeran que en algún rincón de Gujarat —en el noroeste de la India— hay una pintura espléndida, pero que a ella le está vedado mirarla, o que hay una mesa puesta con toda clase de deliciosos manjares, pero que ella no va a poder catar ninguno.” (Nussbaum, 2012: 31)
5. La autora sostiene que, aunque “el aumento de la riqueza —medida a través de PIB— es un fenómeno positivo porque podría hacer posible que el gobierno adoptase políticas con efectos provechosos en la vida de Vasanti (…) nada de esto último ha sucedido y tampoco deberíamos sorprendernos por ello”. (Nussbaum, 2012: 32)
6. “El enfoque del PIB sugiere que un único número bastará para analizar la calidad de vida al agregar diversas partes componente de la vida humana; sin embargo, lo que hace “es pasar por una especie de embudo unificador aspectos de la vida humana que, no sólo son diferenciados, sino que están escasamente correlacionados entre sí (…) los datos reunidos en los mismísimos Informes sobre el Desarrollo Humano dan a entender que las clasificaciones nacionales generadas por el IDH, que toman en consideración factores como la educación o la longevidad, no son las mismas que las generadas cuando sólo se mide el PIB medio por habitante.” (Nussbaum, 2012: 68)
7. Y defendido por John Stuart Mill, Edgeworth, Sidgwick, Alfred Marshall y A.C. Pigou, entre otros.
8. Los teoremas básicos sobre los que se sustenta la economía del bienestar son: “cada equilibrio competitivo es un óptimo de Pareto (primer teorema básico) y cada óptimo de Pareto es un equilibrio competitivo (segundo teorema básico). De este modo, que un estado social sea un óptimo de Pareto lo único que asegura es su eficiencia (no dice nada sobre la justicia de ese estado social): no hay otro estado social en el que a todos les vaya mejor; o, de otro modo, nadie puede mejorar sin que otro empeore”. Sen considera reprochable estos teoremas ante la defensa de la suposición de que el único mecanismo que necesitamos para alcanzar el bien común es el mercado. (Salcedo, 1997: 14). Asimismo, es interesante reflejar, en este punto, la concepción de Sen con respecto al mercado. Para él, el mercado no se presenta en términos de eficiencia, o a partir de una evaluación de bienestar, sino que el pilar evaluativo sobre el que se sustenta recae en la noción de libertad. (Salcedo, 1997: 29).
9. Entendido, según Sen, como aquel “que se concentra en los placeres, la felicidad o el deseo de realización.” (Sen, 1998: 55).
10. “Sen muestra que, incluso en el nivel de la salud física, las expectativas y las percepciones subjetivas de buen o mal status que expresan las personas son reflejo de otras expectativas de índole social” (Nussbaum, 2012: 76). Esta proposición es justificada y ejemplificada a través de casos prácticos como puede ser la comparación de los historiales médicos de las personas viudas en Bengala o a partir de la vida de Vasanti, quien “jamás habría declarado insatisfacción alguna con su analfabetismo o con su aislamiento de la participación política antes de que su concienciadora experiencia con el grupo de la SEWA le mostrara la importancia de esas capacidades y la animara a concebirse a sí misma como una persona de valía igual que las demás.” (Nussbaum, 2012: 76)
11. Valora la bondad de una opción a partir de la sensibilidad y maximización hacia el bien de sus consecuencias, de sus acciones en relación con cambios en la realidad.
12. O interés en el bienestar individual y, por ende, en las preferencias de las personas. Asimismo, es importante hacer mención en este punto al teorema de la imposibilidad de Arrow y a la paradoja del liberal paretiano de Sen, al tratarse de dos resultados en la teoría formal de la elección social que plantearon problemas a la corriente que aquí hacemos referencia.
13. Subunidad perteneciente al curso utilitarista basado en el requisito de que el único modo de obtener “un juicio social es sumando las utilidades individuales y ordenando los estados sociales debido a los resultados de tales sumas de más a menos preferido”, sin prestar atención a las desigualdades. (Salcedo, 1997: 17)
14. El propósito de Rawls “es presentar una concepción de la justicia que generaliza y eleva a un mayor nivel de abstracción la teoría familiar del contrato social que se encuentra en Locke —padre de la corriente en el siglo XVII—, Rousseau y Kant”. (Sen, 2010: 40).
15. “El contenido de la razón pública viene dado por una familia de concepciones políticas de la justicia y no por una sola concepción. Existen muchos liberalismos y opiniones relacionadas y, por consiguiente, muchas formas de razón pública, determinadas por una familia de concepciones políticas razonables. La justicia como equidad, abstracción hecha de sus méritos, es apenas una entre varias”. Rawls, J en “El derecho de gentes” (1971), recogido en (Sen, 2010: 43).
16. “El velo de la ignorancia —smithiano— se presenta como un modelo abstracto de la benevolencia” —con sus restricciones informacionales— (Nussbaum, 2006:77)
17. (I) Principio de igual libertad. “Cada persona tiene un derecho igual a un esquema plenamente adecuado de libertades básicas iguales que sea compatible con un esquema similar de libertades para todos”. (II) Principio de diferencia – “Las desigualdades sociales y económicas tienen que satisfacer dos condiciones. En primer lugar, tienen que estar vinculadas a cargos y posiciones abiertos a todos en condiciones de equitativa igualdad de oportunidades; y, en segundo lugar, las desigualdades deben ser para el mayor beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad”.
18. Hay que recordar que el principio de diferencia enfatiza la relevancia de la equidad en los esquemas sociales con el fin de prestar especial atención a los más desaventajados; esto es, “el principio defiende que las desigualdades serían sólo aceptables si se mejoran las condiciones de los menos favorecidos” (Nussbaum, 2006:78).
19. “Una cosa es utilizar seguros para responder a accidentes puntuales que pueden generar necesidades médicas y otra muy distinta es utilizarlos para responder a las necesidades nutricionales diarias de los niños y los adultos, o de las mujeres embarazadas y no embarazadas” (Nussbaum, 2006:154). Asimismo, el estatus de la ciudadanía de las personas con deficiencias y discapacidades aún debe ser sometido a fuerte análisis reflexivo con el objetivo de lograr materializarlo de hecho.
20. Según Dworkin, uno de los defectos de la teoría Rawlsiana (“el principio de la diferencia”) es que “únicamente prevé transferir recursos a los sujetos que se encuentran peor situados en términos económicos, ignorando otras desventajas que, a juicio de Dworkin, un enfoque igualitario de la justicia debería exigir mitigar como, por ejemplo, las consecuencias no económicas de las discapacidades —mentales y físicas— y enfermedades graves” (Queralt & Zentrum, 2014:20). Al mismo tiempo, sostiene que el principio de la diferencia de Rawls no discrimina entre “aquellos sujetos que se encuentran peor situados como consecuencia de sus propias decisiones y los que lo están por circunstancias moralmente arbitrarias” (Queralt & Zentrum, 2014:20).
21. En este experimento se supone que las personas, bajo un velo de la ignorancia en la posición original a la manera de Rawls, entran en un mercado hipotético que vende seguros para precaver tales desventajas. Mientras que en la situación imaginaria nadie sabe quién va a tener cuál desventaja, todos compran el seguro contra posibles adversidades y (más tarde, por así decirlo) los que terminan con las desventajas pueden reclamar su compensación estipulada de acuerdo con el mercado de seguros y obtienen así más recursos de otras clases. Dworkin alega que esto es lo más justo que se puede conseguir según lo que él considera la “igualdad de recursos” (Sen, 2010:294).
22. Considera que “existe algún fundamentalismo institucional en el enfoque de Dworkin, y alguna inocencia en su presunción de que con recursos basados en seguros, seríamos capaces de olvidar los resultados reales y las capacidades efectivas que las diferentes personas disfrutan; ya que, se supone que las libertades y los resultados reales se pueden dejar en las seguras manos de la elección institucional a través de mercados como si, sin haber tenido siquiera que justificar a posteriori la correspondencia entre lo que las personas esperaban y lo que realmente sucedió” (Sen, 2010: 297). No olvidar en este punto que la pretensión de los enfoques institucionalistas trascendentales es alcanzar instituciones perfectamente justas, sin preocuparse en exceso por los medios o métodos para su consecución.
23. “Es siempre el sistema de significatividades el que elige del vocabulario de mi lengua habitual (y también de su estructura sintáctica) el término significativo, que es la generalización típica preexperimentada que me interesa (o interesa a mi interlocutor) en la situación presente.” (Schutz, 2008: 159)
24. En inglés, mientras que capacity se puede traducir como ‘capacidad’ en sentido general, capability (término utilizado por Sen) presenta un significado más específico o particular, al referirse a las habilidades de ser capaz (física, legal o intelectualmente) de ser o hacer algo. En español ambos términos se traducen como ‘capacidad.’ (Urquijo Angarita, 2014: 68)
25. Las capacidades se definen al derivarlas de los funcionamientos; esto es, “la capacidad se define en términos de las mismas variables focales que los funcionamientos.” (Sen, 1995: 63)
26. Libertades sustanciales para Sen, capacidades combinadas para Nussbaum.
27. Centra la atención en la libertad para realizarse y no solamente en el nivel de realización. (Sen, 1995)
28. Por tanto, “no son simples habilidades residentes en el interior de una persona, sino que incluyen también las libertades o las oportunidades creadas por la combinación entre esas facultades personales y el entorno político, social y económico”. (Nussbaum, 2012: 40)
29. “Por vector de realizaciones se entiende el conjunto de realizaciones (actividades o estados de existencia o de ser) que una persona realmente logra” (Sen, 1997: 81).
30. Tal y como pone de manifiesto Nussbaum, “la dignidad humana es desde un principio igual en todas las personas que son agentes (lo que significa que quedan excluidas aquellas que se hallan en un estado vegetativo permanente y las anencefálicas, que, por lo tanto, carecen de cualquier clase de agencia). Todos y todas merecen igual respeto de parte de las leyes y las instituciones” (Nussbaum, 2012: 50).
31. Por razón de edad, discapacidad o enfermedad como plasma. “Una persona mayor, más discapacitada o enferma, puede necesitar más ingreso (para asistencia, tratamiento o prótesis) para realizar las mismas actividades (incluso si esta realización fuera, en efecto, posible en absoluto)” (Sen, 2010: 286). Asimismo, es preciso apuntar que la relevancia de la discapacidad en la comprensión de la privación en el mundo resulta fundamental, a pesar de que se desestima con frecuencia (Sen, 2010: 288).
32. En este punto, consideramos pertinente recordar la descripción de pobreza de Arendt (2016: 93), “la pobreza es algo más que carencia; es un estado de constante indigencia y miseria extrema cuya ignominia consiste en su poder deshumanizante; la pobreza es abyecta debido a que coloca a los hombres bajo el imperio absoluto de sus cuerpos, esto es, bajo el dictado absoluto de la necesidad, según la conocen los hombres a través de sus experiencias más íntimas y al margen de toda especulación.”
33. Desde esta óptica, las instituciones, actores fundamentales en cualquier teoría de la justicia que se presente como tal, no son meras manifestaciones directas de la justicia —en sentido de corrección y perfección—, sino que se consideran herramientas que deben promover activamente la consecución de la justicia.
34. Frente al concepto de bienestar (“welfare” o “estado del bienestar” en sentido técnico, político y económico).
35. De este modo, podemos apuntar que, en/para la materialización del bienestar, aunque los funcionamientos desempeñan un papel de primer orden, no se puede obviar que la oportunidad de elegir los mismos —esto es, la agencia—. Cada uno de los individuos debe evaluar los funcionamientos en aras a resolver aquellos que valora o juzga como más importantes para su persona.
36. No obstante, ambos coincidieron en un periodo de colaboración en el World Institute for Development Economics Research desde 1986. (Nussbaum, 2012: 41)
37. “Se pregunta qué cosas, de entre las muchas para las que los seres humanos pueden desarrollar una capacidad de desempeño, son aquellas que una sociedad con un mínimo aceptable de justicia se esforzará por nutrir y apoyar.” (Nussbaum, 2012: 57)
38. Concretamente, la meta o el propósito político apropiado es la capacidad, no es el funcionamiento (aunque éstos no se tienen que perder en el horizonte; dado que “son los funcionamientos, y no siempre las capacidades, los que tornan una vida en verdaderamente humana, en el sentido de que, si en una vida no hubiese funcionamiento de ningún tipo, difícilmente podríamos aplaudirla, independientemente de las oportunas que contuviese)” (Nussbaum, 2002: 132). Esto es, defiende que “los ciudadanos deben ser dejados en libertad para determinar, más allá de ellas, el curso que han de seguir” (en línea con la propuesta de Sen de “libertad de bienestar” y su ejemplo entorno a la diferencia de realidad con respecta a la desnutrición —diferencia entre ayunar y pasar hambre—). (Nussbaum, 2002: 132)
39. Entre los casos que ejemplifica Nussbaum cabe señalar el de “una mujer —en la India— que no ha sufrido la mutilación sexual tiene la capacidad interna para experimentar el placer sexual”. (Nussbaum, 2002: 128)
40. “La capacidad viene a ser, por lo tanto, una especie de libertad: la libertad sustantiva de alcanzar combinaciones alternativas de funcionamiento. No son simple habilidades residentes en el interior de una persona, sino que incluyen también las libertades o las oportunidades creadas por la combinación entre esas facultades personales y el entorno político, social y económico”. (Nussbaum, 2012:40)
41. Continuando con el ejemplo presentado en las capacidades internas, “una mujer que no haya sido mutilada pero que enviudó como niña y se encuentra bajo la prohibición de contraer otro matrimonio tiene la capacidad interna, pero no la capacidad combinada para la expresión sexual (entre otros aspectos).” (Nussbaum, 2002:128). Interesante apuntar en este punto que “una sociedad puede estar produciendo adecuadamente las capacidades internas de sus ciudadanos y ciudadanas, al tiempo que, por otros canales, podría estar cortando las vías de acceso de esos individuos a la oportunidad de funcionar de acuerdo con esas capacidades” (Nussbaum, 2012: 41).
42. “En el sentido de que su presencia o ausencia se entiende característicamente como una marca de presencia o ausencia de vida humana; y luego —y esto es lo que Marx encontró en Aristóteles—, que existe algo que hace que estas funciones se realicen de manera verdaderamente humana, y no meramente animal.” Nussbaum, 2002: 113).
43. Se trata de un “enfoque pluralista en cuanto a valores, al defender que “las capacidades que tienen una importancia central para las personas se diferencian cualitativamente entre sí y no solo cuantitativamente, que no pueden reducirse a una sola escala numérica sin ser distorsionadas, y que una parte fundamental de su adecuada comprensión y producción pasa por entender la naturaleza específica de cada una de ellas”. (Nussbaum, 2012: 38). Asimismo, es posible que se produzca un conflicto entre ellas debido a que no todas las condiciones sociales garantizan un perfecto nivel de umbral. (Nussbaum, 2012: 57).
44. Asimismo, hay que tomar en cuenta que la lista de las capacidades centrales no es una teoría completa de la justicia; ya que la provisión de un nivel mínimo de capacidad puede no ser suficiente para la justicia, al tratar la relación entre el mínimo social y el interés en la igualdad”. (Nussbaum, 2002:117).
45. La lista de las capacidades fundamentales de Nussbaum supone una recepción y reactualización de la lista original de Aristóteles: (1) mortalidad, (2) cuerpo, (3) placer y dolor, (4) capacidad cognoscitiva, (5) razón práctica, (6) desarrollo temprano del infante, (7) afiliación, (8) humor.
46. “En el sentido de que la discriminación por raza, religión, sexo, origen nacional, casta u origen étnico se considera en sí misma como una falla de la capacidad de asociación, un tipo de trato indigno o de humillación”. (Nussbaum, 2002:130)
47. No obstante, es importante apuntar que “para describir cómo puede asegurarse de la mejor manera un nivel mínimo de capacidad, es preciso decir aún mucho más acerca del papel apropiado de la esfera pública y privada de actividad”. (Nussbaum, 2002: 117)
48. Formulado a partir del principio de cada persona como un fin, de la capacidad de cada persona; ya que, “las capacidades pertenecen, en primer y prioritario lugar, a las personas individuales, y sólo luego, en sentido derivado, a los colectivos — grupos o familias o estados u otros cuerpos corporativos—”. (Nussbaum, 2002: 115) (Nussbaum, 2012: 55)
49. La pregunta base que guía su argumentación es la referida a qué es lo que la gente es realmente capaz de ser o hacer.
50. Si bien en Nussbaum la noción de mínimo y/o umbral es más relevante que la noción de plena igualdad de capacidades.
51. Esto es, “las capacidades deben entenderse como valiosas para todas y cada una de las personas, y que, cuando nos preguntamos cómo se encuentran las diferentes naciones, es el tema de las capacidades de cada persona el que debe tenerse en consideración (principio de la capacidad de cada persona) (…) En otras palabras, el sujeto primario de la justicia política es la persona, no el grupo, y una política que mejore la situación del grupo deberá ser rechazada si no promueve las capacidades básicas de todas y cada una de las personas”. (Nussbaum, 2006: 219)
52. Asimismo, es interesante destacar que Martha C. Nussbaum centra una parte sumamente significativa de su argumentación en la justificación en pro a dotar de dignidad y capacidad a las mujeres, al analizar la historia real de algunas de ellas —como Vasanti— y observar cómo ciertas circunstancias sociopolíticas (cuestión pura y enteramente social) contribuyen enérgicamente a convertir a las mismas en meros instrumentos.
53. “El relativismo tiene varios problemas (no capta la esencia ni la realidad del mundo moderno, es claramente falso como tesis descriptiva acerca de cómo la gente formula realmente juicios morales — ¿por qué deberíamos seguir ideas locales en lugar de seguir las mejores ideas que podamos encontrar? —. Asimismo, la cuestión de que el relativismo se subvierte a sí mismo, ya que, al pedir que nos remitamos a normas locales, nos pide que nos remitamos a normas que, en la mayoría de los casos, son fuertemente no relativistas. La mayoría de las tradiciones locales se toman a sí mismas por absolutamente verdaderas, y no por relativas”. (Nussbaum, 2002: 85) En relación con el relativismo, es interesante recoger la visión de Ernest Gellner (1994). Este antropólogo social sostiene que “el relativismo, en una variedad de formulaciones (...) abjura de la idea de verdad única, pero intenta ver cada concepción particular como si fuera, sin embargo, verdadera”. (Gellner, 1994:11).
54. Bourdieu determina “cuatro formas de capital que, unidas, proporcionan (o no) poder a los agentes en su lucha por las posiciones en el “espacio social” (…) Como consecuencia de estas diferentes dotaciones, las clases individuales desarrollan y ocupan un “habitus” similar: entendido como un sistema de disposiciones —duraderas y transferibles o estructuras estructuradas predispuestas para funcionar como estructuras estructurantes (Bourdieu, 1991:92); es decir, la presencia activa de todo el pasado del que es producto (Bourdieu, 1991:98)— compartido por todos los individuos que son productos de los mismos condicionamientos (en sentido de clase de condiciones de existencia, circunstancias y constricciones).” (Crompton, 1994:214)
55. “El capital cultural es cada vez más importante en las sociedades contemporáneas —las desarrolladas y las que no—. La reproducción de las desigualdades se hace mediante la transmisión del capital cultural (…).” (Pierre, La sociología es un deporte de combate, 2001)
56. “Hoy hace falta una reforma cultural e institucional para no imponer el trabajo precario como lo normal para las clases populares. El ascenso de ese Estado paternalista, liberal para la gente acomodada, liberal para empresarios (…) es el tipo de Estado que tenemos hoy para recibir la nueva economía.” (Pierre, 2001: minutaje dentro del documental)
57. Los conceptos de agencia y libertad poseen, como hemos visto, una relevancia nuclear en el enfoque de las capacidades.