Cuestiones acerca del consentimiento informado relacionadas con el uso de trajes hápticos como tecnologías asistenciales para personas con discapacidad intelectual y del desarrollo
Resumen
La innovación tecnológica está presenciando la convergencia de las tecnologías hápticas con los entornos virtuales 3D en tiempo real y/o las tecnologías de realidad aumentada. Entre las diversas aplicaciones de estas innovaciones se encuentra su uso como tecnologías asistenciales para personas con discapacidades de desarrollo e intelectuales, o personas con déficits cognitivos, como la demencia.
Este artículo se centra en la cuestión del consentimiento informado en relación con la investigación y el uso de estas tecnologías (en lo sucesivo denominados simplemente trajes hápticos). El consentimiento informado es un requisito estándar en la ética de la investigación, así como en los escenarios de atención, por lo que será necesario para los ensayos con trajes hápticos en general y, cuando se utilicen como tecnología asistencial. Dado el énfasis en la participación de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en la investigación y el diseño de las tecnologías asistenciales para su uso, la cuestión del consentimiento informado es apremiante.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Salvo indicación contraria, todos los contenidos de la edición electrónica se distribuyen bajo una licencia de uso y distribución “Creative Commons Reconocimiento-No Comercial 4.0 España” (CC-by-nc). Puede consultar desde aquí la versión informativa y el texto legal de la licencia. Esta circunstancia ha de hacerse constar expresamente de esta forma cuando sea necesario.