El descrédito generado por los escándalos de corrupción política originó que los gobernantes de Estados Unidos buscaran mecanismos para recuperar la confianza ciudadana. Para este cometido se resucitó en la vida pública un instrumento que desde antaño estaba sepultado: la ética. El gobierno llevó a cabo en 1978 dos iniciativas para impulsar la ética en la vida pública, por un lado creó un marco jurídico mediante la Ley de Ética para el Gobierno y por otro estableció la Oficina de Ética del Gobierno. Esta última elaboró un documento denominado "Normas de conducta ética para los empleados del Poder Ejecutivo" que funciona a tres bandas: a) Como un Código Ético en el que se exponen los valores deseables o esperados en su personal, b) Como un catalogo en el que se detallan múltiples situaciones sobre lo que no se debe hacer dentro de las instituciones públicas, c) Como una relación de normativas jurídicas que presentan los diferentes tipos de sanción a los que se ven expuestos aquellos que cometan algún acto indeseable en su desempeño laboral.
Principios y Normas [1] de conducta ética para los funcionarios y empleados del gobierno. El Código de Ética para los empleados del órgano ejecutivo de los Estados Unidos contiene las directrices básicas que debe seguir todo funcionario para garantizar que los ciudadanos tengan confianza completa con respecto a la integridad del Gobierno. Señala que cada empleado tiene una responsabilidad para con el gobierno y los ciudadanos, debiendo ser leal a la Constitución, a las leyes y a los principios éticos por encima de cualquier interés personal. Tanto los Principios como las Normas de conducta ética señaladas en este código son aplicables a los funcionarios y empleados públicos de cualquier oficina de gobierno.
Los Principios[2] generales de conducta señalados por la Oficina de Ética del Gobierno son los siguientes: 1. El servicio público es un depósito de la confianza del público y, por lo tanto, exige a los empleados lealtad a la Constitución, a las leyes, y a los principios éticos por encima de la ganancia personal. 2. Los empleados no deben poseer intereses financieros que estén en conflicto con el desempeño concienzudo de sus deberes. 3. Los empleados no deben participar en transacciones financieras utilizando información del Gobierno que no es pública, ni permitir el uso impropio de dicha información para beneficio de ningún interés particular. 4. Un empleado no debe solicitar ni aceptar regalo alguno, ni ningún otro artículo de valor monetario de ninguna persona o entidad que busque una acción oficial, hacer negocios o beneficiarse de actividades llevadas a cabo por la oficina del funcionario o cuyos intereses puedan ser afectados sustancialmente por el desempeño o no de los deberes del empleado. 5. Los empleados deben llevar a cabo sus deberes empeñándose por hacer un esfuerzo honesto. 6. Sin autorización, los empleados no deben hacer a sabiendas compromisos ni promesas de ningún tipo dando a entender que comprometen al Gobierno. 7. Los empleados no deben usar un cargo público para ganancia particular. 8. Los empleados deben actuar imparcialmente y no dar tratamiento preferente a ninguna organización privada o individuo particular. 9. Los empleados deben proteger y conservar la propiedad Federal, y no deben usarla para actividades que no sean las autorizadas. 10. Los empleados no deben llevar a cabo trabajo o actividades fuera de su empleo que estén en conflicto con sus deberes y responsabilidades gubernamentales, incluso buscar o negociar empleos. 11. Los empleados deben denunciar a las autoridades correspondientes cualquier despilfarro, fraude, abuso, y corrupción. 12. Los empleados deben cumplir de buena fe sus obligaciones como ciudadanos. 13. Los empleados deben obedecer todas las leyes y reglamentos que ofrecen igualdad de oportunidad a todos los ciudadanos. 14. Los empleados deben esforzarse por evitar cualquier acción que dé la apariencia de que están violando la ley o las normas de ética que se estipulan en esta parte.
Las Normas de Conducta hacen referencia a las diversas situaciones en que pueden caer los servidores públicos en el cumplimiento de sus tareas. Cuando alguna situación no esté prevista dentro de estas normas, los empleados deben ajustarse a los Principios de Conducta señalados.El documento titulado Normas de Conducta Ética se estructura en nueve partes: Relativa a Disposiciones Generales. Esta parte destaca la importancia del servicio público como depósito de la confianza ciudadana, reitera la importancia de los Principios de Conducta Ética, señala quiénes son los sujetos a los que se debe aplicar esta normativa, las acciones disciplinarias y correctivas así como la existencia del asesoramiento en materia ética. Destaca que dentro de los organismos públicos pertenecientes al poder Ejecutivo, existen Agencias de Ética, las cuales cuentan con un designado de ética y un suplente.Relativa a regalos de fuentes externas a la institución. Esta parte se refiere al hecho que los funcionarios no deberán aceptar regalos a cambio de dejarse influenciar en el desempeño de sus funciones, ni solicitar o coaccionar para que se le ofrezca un regalo, ni aceptar regalos de las mismas o diferentes fuentes que pudiera pensarse que el empleado está usando su cargo para ganancia personal. Relativa a regalos entre empleados. Se prohíben los obsequios entre las personas que trabajan en un mismo organismo, a menos que el artículo esté excluido de la definición de regalo. Un funcionario no deberá darle un regalo o hacer una donación para un regalo a un oficial superior ni solicitar una contribución a otro empleado para dar un regalo, tampoco deberá, directa o indirectamente, aceptar un regalo de ningún empleado que devengue menos sueldo que él, a menos que los dos empleados no tengan una relación de subalterno y oficial superior ni exista una relación personal entre los dos empleados que justifique el regalo. No obstante, existen Ocasiones especiales en las que se puede otorgar un obsequio a un superior tales como matrimonio, enfermedad, o el nacimiento o adopción de un hijo así como en situaciones laborales tales como una jubilación, renuncia, o traslado. Relativa a conflictos de intereses financieros. Se refiere a los intereses financieros que pueda tener un funcionario siempre que éstos se relacionen con sus actividades laborales. Es decir, se prohíbe que participe en calidad oficial en cualquier materia particular si con su conocimiento él, o cualquier persona allegada (cónyuge, hijos, socios, entidades en las que el empleado sea funcionario, director fiduciario, socio general) puede obtener un interés económico.Relativa a la imparcialidad en el desempeño de deberes oficiales. Esta parte se refiere a la intención de asegurar que un empleado actué de manera prudente a fin de evitar la apariencia de falta de imparcialidad en el desempeño de sus deberes oficiales. En caso de duda se puede buscar la ayuda de un oficial de ética o el designado de la Agencia.Relativa a la búsqueda de otro empleo. Un funcionario que contemplé ingresar en otro empleo después de dejar su cargo público, deberá consultar con un oficial de ética de la agencia para obtener consejos sobre cualquier restricción que tenga después al abandonar su empleo federal. Las disposiciones sobre postempleo advierten a los funcionarios que, después de dejar su puesto, están sujetos a restricciones legales. Relativa al uso indebido de un cargo oficial. Se refiere al uso adecuado del cargo y tiempo oficial y sobre la información y los recursos a los cuales el funcionario tiene acceso. Un funcionario no deberá usar su cargo público para ganancia particular, ni para endosar ningún producto, servicio o empresa ni para la ganancia de otros. Tampoco deberá usar ni permitir el uso de su cargo de manera que coaccione o induzca a otra persona a proporcionar ningún beneficio financiero o de otra clase para sí mismo o para sus amigos, parientes, o personas con las cuales el funcionario esté afiliado en calidad no gubernamental. Relativa a actividades externas. Cuando un empleado quiera tener otro empleo o realizar actividades externas deberá esforzarse por evitar acciones que den la apariencia de violar cualquiera de las normas éticas y no deberá participar en empleos que estén en conflicto con sus deberes oficiales. Relativa a autoridades legales afines Esta parte se refiere a las normas adicionales a las cuales el funcionario debe ajustar su conducta. Algunas de estas son: a) La prohibición de solicitar o recibir sobornos. b) La prohibición de buscar o recibir remuneración con propinas ilegales. c) La prohibición de buscar o recibir remuneración por ciertos servicios de representación ante el Gobierno. d) La prohibición de ayudar en la prosecución de reclamos contra el Gobierno, o de actuar como agente o abogado ante el Gobierno. e) Las restricciones después de terminar el empleo que aplican a antiguos empleados. f) La prohibición de recibir cualquier contribución o suplemento del salario como remuneración por su servicio en el Gobierno de una fuente que no sea pública. g) La prohibición de solicitar o recibir regalos de fuentes externas
La Oficina de Ética del Gobierno, la Ley de Ética así como los Principios y Normas de Conducta para los funcionarios y empleados de gobierno son instrumentos importantes que cumplen una triple función, fomentar los valores éticos, acotar las conductas acompañadas de antivalores y, resolver dilemas éticos cuando sea necesario. Cabe destacar que a pesar de que tanto la Oficina de Ética como la Ley de Ética se crearon en 1978 y han venido funcionando desde entonces con normalidad, incluso aumentando su eficacia al incorporar nuevos elementos de la tecnología, no han sido, sin embargo, imitados en otros países que cuentan con graves problemas de corrupción y carecen de herramientas para paliarla.
En relación al manejo de su conducta, en general, el funcionario estadounidense, que no el político, goza de credibilidad ciudadana. Un Código Ético para los funcionarios utilizado de manera adecuada se convierte en un verdadero dique que puede evitar diversas conductas antiéticas en el servicio público.
[1] Las Normas de Conducta para los empleados del Órgano Ejecutivo incluyen los siguientes documentos: a) Los Principios de conducta ética y b) Las Normas de conducta ética. Ambos han sido preparados por la Oficina de Ética del Gobierno, en abril de 2002.
[2] "Principios de Conducta Ética", Orden ejecutiva 12676 de abril de 1989, enmendada por la orden 12731 de abril de 2002, Oficina de Ética del Gobierno de los Estados Unidos.